<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>MonReal &#187; Protección de datos</title>
	<atom:link href="http://www.davidmonreal.com/tag/proteccion-de-datos/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>http://www.davidmonreal.com</link>
	<description>Blog profesional de David Monreal sobre negocios digitales, innovación, reclutamiento online e internet en general</description>
	<lastBuildDate>Mon, 06 Feb 2012 16:00:00 +0000</lastBuildDate>
	<language>en</language>
	<sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency>
	
		<item>
		<title>Conferencia Internacional de Autoridades de Protección de Datos y Privacidad</title>
		<link>http://www.davidmonreal.com/conferencia-internacional-de-autoridades-de-proteccion-de-datos-y-privacidad/</link>
		<comments>http://www.davidmonreal.com/conferencia-internacional-de-autoridades-de-proteccion-de-datos-y-privacidad/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 09 Nov 2009 12:06:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>David Monreal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Empresas]]></category>
		<category><![CDATA[Internacional]]></category>
		<category><![CDATA[Protección de datos]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.davidmonreal.com/?p=2268</guid>
		<description><![CDATA[Bàrbara, con su pin de &#8220;privacy lawyer&#8221;, me ha estado comentando la Conferencia Internacional de Autoridades de Protección de Datos y Privacidad que se celebró en Madrid la semana pasada. Para empezar, un despliegue impresionante de autoridades: ministros de varios países, los Príncipes de Asturias, comisarios Europeos, representantes de algunas de las principales redes sociales [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p class="dropcap-first"><img class="alignleft size-full wp-image-2269" title="Privacy" src="http://www.davidmonreal.com/wp-content/uploads/2009/11/ScreenShot011.gif" alt="Privacy" width="191" height="191" />Bàrbara, con su pin de &#8220;privacy lawyer&#8221;, me ha estado comentando la<a href="http://www.privacyconference2009.org" target="_blank"><em> Conferencia Internacional de Autoridades de Protección de Datos y Privacidad</em></a> que se celebró en Madrid la semana pasada.</p>
<p>Para empezar, un despliegue impresionante de autoridades: ministros de varios países, los Príncipes de Asturias, comisarios Europeos, representantes de algunas de las principales redes sociales del mundo, y un nutrido etc.</p>
<p>Para los profesionales que tratamos con datos de terceros, era una cita i-ne-lu-di-ble aprovechando que nos caía cerca. Los últimos años la orientación de los modelos hacia la publicación de datos sensibles hace que la regulación deba irse adaptando sin cesar. Además, internet no entiende de fronteras y eso genera quebraderos de cabeza a plataformas que se utilizan en diveros países con concepciones muy distintas de lo que es la privacidad de datos.</p>
<p>Me ha parecido muy interesante la discusión sobre la frontera entre seguridad y privacidad (Rubalcaba Vs. Caamaño o Justicia Vs. Interior).</p>
<p>Aprovecho para hablar de<a href="http://www.rceuro.com/index.php?option=com_myblog&amp;show=French-Government-Test-the-anonymous-CV--245.html&amp;Itemid=90" target="_blank"> éste caso Francés</a> (es un remake de lo que ya pasó a finales del 2005 sobre la <a href="http://www.davidmonreal.com/discriminacion-por-raza/" target="_blank">discriminación laboral por cuestiones raciales</a>?): qué pasa con las redes sociales y profesionales si el CV tuviera que ser anónimo? Cómo buscas información de un candidato?</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.davidmonreal.com/conferencia-internacional-de-autoridades-de-proteccion-de-datos-y-privacidad/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Emule y los datos personales</title>
		<link>http://www.davidmonreal.com/emule-y-los-datos-personales/</link>
		<comments>http://www.davidmonreal.com/emule-y-los-datos-personales/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 12 Apr 2007 08:31:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>David Monreal</dc:creator>
				<category><![CDATA[España]]></category>
		<category><![CDATA[Recursos Humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Protección de datos]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.davidmonreal.com/2007/981/emule-y-los-datos-personales/</guid>
		<description><![CDATA[Leo en RRHH Digital, que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con una multa de 6.000€ a Comisiones Obreras porque uno de sus miembros filtró a través de la red Emule 20.000 fichas personales.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p class="dropcap-first"><img align="left" alt="Agencia Española de Protección de Datos" id="image980" src="http://www.davidmonreal.com/wp-content/uploads/2007/04/2007-04-12-aepd.bmp" />Leo en <a target="_blank" title="RRHH Digital" href="http://www.rrhhdigital.es/noticia_ampliada.asp?id=18654">RRHH Digital</a>, que la <a target="_blank" title="Protección de Datos" href="http://www.davidmonreal.com/2005/214/proteccion-de-datos/">Agencia Española de Protección de Datos</a> (<a target="_blank" href="https://www.agpd.es/index.php">AEPD</a>) ha sancionado con una multa de 6.000€ a Comisiones Obreras porque uno de sus miembros filtró a través de la red Emule 20.000 fichas personales.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.davidmonreal.com/emule-y-los-datos-personales/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Los candidatos pagan</title>
		<link>http://www.davidmonreal.com/los-candidatos-pagan/</link>
		<comments>http://www.davidmonreal.com/los-candidatos-pagan/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 08 Jun 2006 04:28:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>David Monreal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Empresas]]></category>
		<category><![CDATA[España]]></category>
		<category><![CDATA[Internacional]]></category>
		<category><![CDATA[Recursos Humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Tecnología]]></category>
		<category><![CDATA[USA]]></category>
		<category><![CDATA[Agencia de Protección de Datos]]></category>
		<category><![CDATA[Empleo]]></category>
		<category><![CDATA[LinkedIn]]></category>
		<category><![CDATA[Networking]]></category>
		<category><![CDATA[Portal de Empleo]]></category>
		<category><![CDATA[Protección de datos]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.davidmonreal.com/2006/523/los-candidatos-pagan/</guid>
		<description><![CDATA[Los portales de empleo generalistas obtienen (habitualmente) sus ingresos de las empresas que publican sus ofertas. Los ingresos obtenidos por los candidatos son micropagos por servicios colaterales como servicios de alerta, etc. Había oído hablar de un portal en un país africano (lo siento, no recuerdo cual) cuyo modelo de pago no estaba enfocado a [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p class="dropcap-first">Los portales de empleo generalistas obtienen (habitualmente) sus ingresos de las empresas que publican sus ofertas. Los ingresos obtenidos por los candidatos son micropagos por servicios colaterales como servicios de alerta, etc.</p>
<p>Había oído hablar de un portal en un país africano (lo siento, no recuerdo cual) cuyo modelo de pago no estaba enfocado a Empresas sino a Candidatos.</p>
<p>Otros portales que cobran también a los candidatos por utilizar la herramienta son los dirigidos a HeadHunters, como por ejemplo <a title="The Ladders" href="http://www.theladders.com/reg/whyjoin" target="_blank">The Ladders</a> o (si lo consideramos como un portal de empleo por networking) <a title="Linked In" href="http://www.linkedin.com/" target="_blank">LinkedIn</a>.</p>
<p>Hoy <a title="Markarina" href="http://www.markarina.com/" target="_blank">Javi Guardiola</a> me hace llegar un link a <a title="CV Explorer" href="http://www.cvexplorer.com/" target="_blank">CV Explorer</a>, portal que quiere situarse en el nicho de los perfiles altos con servicios para HeadHunters. CV Explorer ofrece sus servicios a los candidatos por 25€ al año (o 40€ por dos años) y de forma gratuita a los HeadHunters y Empresas de Selección.</p>
<p><span style="text-decoration: line-through;">Echo (muy) de menos el número de registro de su BBDD en la Agencia de Protección de Datos.</span></p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.davidmonreal.com/los-candidatos-pagan/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>38</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Ética en reclutamiento</title>
		<link>http://www.davidmonreal.com/etica-en-reclutamiento/</link>
		<comments>http://www.davidmonreal.com/etica-en-reclutamiento/#comments</comments>
		<pubDate>Fri, 10 Mar 2006 16:31:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>David Monreal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Recursos Humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Discriminación]]></category>
		<category><![CDATA[Empleo]]></category>
		<category><![CDATA[Formación]]></category>
		<category><![CDATA[IESE]]></category>
		<category><![CDATA[Inicia]]></category>
		<category><![CDATA[La Contra]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de Protección de Datos]]></category>
		<category><![CDATA[Protección de datos]]></category>
		<category><![CDATA[SEM]]></category>
		<category><![CDATA[SOC]]></category>
		<category><![CDATA[USA]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.davidmonreal.com/2006/438/etica-en-reclutamiento/</guid>
		<description><![CDATA[Anónimo me ha hecho llegar el texto que nos comentaba en este artículo. Si a alguien le es de utilidad y quiere usarlo, le rogaría dejara un mensaje en este artículo y nos comentara cómo lo va a usar. También me gustaría que anónimo nos comentara qué le llevó a escribir este documento. Ahí va: [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p class="dropcap-first">Anónimo me ha hecho llegar el texto que nos comentaba en <a title="Mejoras en Reclutamiento" target="_blank" href="http://www.davidmonreal.com/2006/414/mejoras-en-reclutamiento/#comment-287">este artículo</a>. Si a alguien le es de utilidad y quiere usarlo, le rogaría dejara un mensaje en este artículo y nos comentara cómo lo va a usar.</p>
<p>También me gustaría que anónimo nos comentara qué le llevó a escribir este documento.</p>
<p>Ahí va:</p>
<p><strong>A. Nuestros valores más esenciales</strong></p>
<p><strong>EL RESPETO. El respeto al individuo, dueño de si mismo, libre y  único.</strong></p>
<p>El trato que dispensamos a las  personas debe basarse en la dignidad y el derecho a la propia identidad.  A ser diferente y por ello no ser discriminado por razón de nacimiento,  raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia  personal o social.  La cualificación, la competencia y el talento de las personas son cualidades  individuales, que no se consiguen por adscripción a ningún grupo racial,  de género, ideológico o de ningún tipo. y son el auténtico objetivo  de nuestra búsqueda porque son las únicas razones positivas que llevarán  al candidato al desempeño exitoso en el puesto a cubrir.</p>
<p><strong>LA CONFIDENCIALIDAD.</strong></p>
<p>Garantizar su derecho al honor, a la intimidad  personal y familiar y a la propia imagen. Candidatos y contratadores ponen  en nuestras manos profesionales información sensible para que podamos  manejar sus intereses particulares en el reclutamiento. Esta información  malinterpretada o utilizada para fines distintos podría afectar negativamente  a su intimidad e intereses.  Sólo la confianza que da el prestigio profesional avala la entrega  de esta información. Nuestro celo en custodiarla y nuestro buen juicio  en manejarla con prudencia aseguran nuestro futuro.</p>
<p><strong>LA TRANSPARENCIA.</strong></p>
<p>Ofrece control y garantiza la actuación de los  profesionales. Ofrecemos Calidad en nuestro servicio  a unos y otros. Asegurar esta Calidad exige hacer partícipes a ambos  del tratamiento que hacemos de su información e intereses. Una comunicación  preestablecida, clara y permanente permite a candidatos y contratadores  avanzar a nuestro mismo ritmo en el proceso de reclutamiento y, de alguna  manera, ser los dueños del resultado final.  Con una actuación transparente garantizamos la correcta salvaguarda  de los derechos e intereses que nos son confiados. Lo que damos siempre  nos es devuelto; siempre elegiremos las relaciones y los tratos en los  que podamos prever el resultado.</p>
<p><strong>EL COMPROMISO.</strong></p>
<p>No podemos perder de vista para  qué estamos aquí. El contratador es nuestro cliente, ya sea interno  o externo. Nuestro objetivo es encontrar para él al candidato perfecto  para desempeñar el puesto, por ello todo nuestro procedimiento está  diseñado para satisfacerle y no podemos considerar ningún logro por  nuestra parte que no esté acompañado del logro para el cliente. Sólo  ganamos cuando él gana. Nuestro compromiso afecta también al candidato, por derivación, ya  que él es parte del éxito de nuestra intervención. Sus expectativas,  su situación laboral y personal también deben ser tenidas en cuenta.  El éxito en nuestro trabajo depende de que el puesto permanezca bien  cubierto y que esto no se rompa por cuestiones que deberían haber sido  valoradas más adecuadamente durante el proceso de reclutamiento. Cuando  la contratación fracasa las tres partes salen perjudicadas.</p>
<p><strong><br />
B. Código ético</strong></p>
<p><strong>1. DE LAS RELACIONES ENTRE CONSULTORES Y CANDIDATOS</strong></p>
<p>1.1. El consultor sólo presentará a su cliente a un candidato  cuando éste le haya dado su consentimiento expreso, al menos verbalmente,  para ello.</p>
<p>1.2. La presentación que el consultor haga al candidato de las  tareas del puesto, duración del contrato, horarios, condiciones, salario,  etc. del puesto objeto de la selección se ajustarán a su mejor conocimiento  del mismo.</p>
<p>1.3. Se tomarán precauciones para evitar presentar candidatos  a clientes que realicen prácticas de contratación ilegales o sigan  procedimientos de trabajo que puedan comprometer la seguridad del candidato.</p>
<p>1.4. La información obtenida sobre un candidato sólo se utilizará  para la búsqueda de un trabajo para él. Ésta información será tratada  con arreglo a la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999  de 13 de diciembre.</p>
<p>1.5. Los candidatos serán exonerados del pago de cualquier concepto  relacionado con el proceso de reclutamiento. Cualquier otro compromiso  que tuviese carácter monetario que se estableciera entre candidato  y consultor deberá contar con la aprobación escrita previa de éste  y deberá explicitar todos los términos del acuerdo.</p>
<p>1.6. No se presentará ningún candidato a ningún cliente/contratador  que se halle inmerso en un proceso de huelga, quiebra, o cierre aunque  esta situación no se haya declarado oficialmente (siempre que sea del  conocimiento del consultor).</p>
<p><strong> 2. DE LAS RELACIONES ENTRE CONSULTORES Y CLIENTES/CONTRATADORES</strong></p>
<p>2.1. El consultor presentará de la manera más exacta y completa  posible al cliente/contratador el historial profesional, formación,  cualificación y salario deseado por el candidato. El cliente deberá  ser advertido por el consultor cuando éste dude de la fiabilidad de  cualquier dato aportado por el candidato.</p>
<p>2.2. El consultor sólo presentará a un candidato a su cliente  cuando éste le haya dado su consentimiento expreso, al menos verbalmente,  para ello.</p>
<p>2.3. La información confidencial relacionada con la política  empresarial del cliente/contratador que se proporcione al consultor  como ayuda para la mejor realización de sus labores de reclutamiento,  debe ser tratada como tal.</p>
<p>2.4. Salvo acuerdo contrario, un consultor nunca tratará de  reclutar para un puesto a candidatos que estén trabajando en un puesto  para el que fueron en su día reclutados por él mismo, o su compañía,  a menos que dichos candidatos hayan tomado la iniciativa de solicitarlo  expresamente.</p>
<p>2.5. Los comentarios, informes y currícula de los candidatos  presentados al cliente/empleador representarán fidedignamente a los  candidatos.</p>
<p>2.6. Salvo acuerdo contrario, el consultor nunca tratará de  reclutar para un puesto a trabajadores de una compañía cliente antes  de transcurrido un año desde la realización para ella del último  servicio en el mismo centro de trabajo, a menos que dichos candidatos  hayan tomado la iniciativa de solicitarlo expresamente.</p>
<p><strong> 3. DE LAS RELACIONES ENTRE EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL Y TRABAJADORES  EN MISIÓN.</strong></p>
<p>3.1. Además de lo recogido en el punto 1º del presente código,  si se tratase de un servicio de trabajo temporal, la ETT no tolerará  ninguna discriminación de sus trabajadores en misión por razones de  sexo, raza, edad, religión, nacionalidad de origen, discapacidad, afiliación  social, sindical o política o por razones de pertenencia a cualquier  clase legalmente protegida, aún si la discriminación la realizan compañeros  de trabajo, empleados de la empresa usuaria o terceras personas.</p>
<p>3.2. No se tomarán represalias contra ningún trabajador de  misión que formalice una reclamación basada en convencimientos razonables  de que esté ocurriendo alguna de dichas discriminaciones. Cuando así  lo realice, la ETT investigará inmediatamente los hechos y tomará  las medidas necesarias para proteger al empleado de cualquier discriminación.</p>
<p><strong><br />
4. DE LAS RELACIONES ENTRE LAS ETT Y LAS EMPRESAS USUARIAS.</strong></p>
<p>4.1. Además de lo recogido en el punto 2º del presente código,  si se tratase de un servicio de trabajo temporal, la ETT no inducirá  a la compañía usuaria a incumplir ningún término del contrato que  la una a otra ETT.</p>
<p>4.2. La ETT no inducirá a ningún trabajador de misión, ni  futuro trabajador en misión a incumplir ningún término del contrato  que lo una a otra ETT.</p>
<p><strong> 5. DE LOS ANUNCIOS DE RECLUTAMIENTO</strong></p>
<p>5.1. Los anuncios de ofertas de empleo, por selección de personal,  publicados en prensa escrita, o cualquier otro medio, serán objetivos  y estarán basados en ofertas reales disponibles en el momento de su  entrega al medio para su inserción.</p>
<p>5.2. Los anuncios de ofertas de empleo, a través de ETT, publicados  en cualquier medio corresponderán al tipo de trabajos que se prevén  realizar en dicho momento, o a corto plazo, para los clientes.</p>
<p><strong> 6. DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES</strong></p>
<p>6.1. Ningún candidato está obligado a satisfacer honorarios  profesionales al reclutador, ETT, o compañía cliente por su contratación.</p>
<p>6.2. Los servicios que una empresa pretenda cobrar a un candidato  deben estar previamente descritos en todos sus términos y condiciones  en un contrato y aprobados por el propio candidato previamente a su  prestación o arrendamiento y no podrán estar relacionados con el proceso  de selección al que opte el candidato.</p>
<p><strong> 7. DEL MARCO JURÍDICO. </strong></p>
<p>Cualquiera de las acciones propuestas en  las bases éticas anteriormente descritas, así como la actuación profesional  y mercantil en las que se realizan, estarán sometidas a las normativas  y legislación vigente en cada caso.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.davidmonreal.com/etica-en-reclutamiento/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>2</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Protección de datos</title>
		<link>http://www.davidmonreal.com/proteccion-de-datos/</link>
		<comments>http://www.davidmonreal.com/proteccion-de-datos/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 14 Nov 2005 20:49:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>David Monreal</dc:creator>
				<category><![CDATA[Recursos Humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Protección de datos]]></category>
		<category><![CDATA[SOC]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.davidmonreal.com/?p=214</guid>
		<description><![CDATA[Hace cierto tiempo apareció en los medios la noticia que una empresa había depositado en un container docenas y docenas de CVs con comentarios racistas, sexistas, etc. La alarma social fue en aumento en los días siguientes. (Empieza la ironía) Cómo era posible que alguien pudiera discriminar a un candidato por su raza, sobrepeso u [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p class="dropcap-first">Hace cierto tiempo apareció en los medios la noticia que una empresa había depositado en un container docenas y docenas de CVs con comentarios racistas, sexistas, etc.</p>
<p>La alarma social fue en aumento en los días siguientes. <em>(Empieza la ironía)</em> Cómo era posible que alguien pudiera discriminar a un candidato por su raza, sobrepeso u olor corporal? Y cómo esos comentarios podían estar en un container, al alcance de cualquiera? Qué horror. <em>(Termina la ironía)</em>.</p>
<p>Yo no salí de mi asombro en varios días. Cómo era posible que nadie dijera que lo de menos eran los comentarios sino que en cada uno de los curricula aparecía el nombre, la dirección y el teléfono de cada uno de ellos!!</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://www.davidmonreal.com/proteccion-de-datos/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>1</slash:comments>
		</item>
	</channel>
</rss>

